Facturación electrónica obligatoria en España: qué cambia para tu pyme
Hay dos normas distintas moviéndose a la vez —la facturación electrónica B2B y VERI*FACTU— y es fácil confundirlas. Te explicamos qué regula cada una en términos generales, qué implica para el día a día de tu pyme y, muy importante, qué parte de todo esto no resolvemos nosotros.
Dos obligaciones distintas que a menudo se confunden
En España conviven dos obligaciones relacionadas pero distintas alrededor de la factura electrónica. Por un lado está la facturación electrónica B2B de la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas (conocida como «Ley Crea y Crece»), que obligará a autónomos y empresas a facturarse electrónicamente entre sí: ya tiene reglamento de desarrollo (Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026), pero los plazos de 12 y 24 meses que marcarán su entrada en vigor real todavía no han empezado a contar — falta la orden ministerial que los active. Por otro lado está el sistema VERI*FACTU (Real Decreto 1007/2023), que regula los requisitos técnicos que debe cumplir cualquier software de facturación para que los registros no se puedan alterar y, si se elige esa opción, para remitirlos a la Agencia Tributaria en tiempo real: su calendario se aplazó mediante el Real Decreto-ley 15/2025 (convalidado el 11 de diciembre de 2025), y a fecha de este artículo será obligatorio para empresas antes del 1 de enero de 2027 y para autónomos antes del 1 de julio de 2027.
Estas son las fechas conocidas a fecha de publicación de este artículo. Los plazos de las dos normas ya se han retrasado más de una vez desde su aprobación, así que la fecha exacta que te aplica a ti depende también de tu situación (persona física o jurídica, tu volumen de facturación, el software que uses) y puede haber cambiado desde que se escribió esto. La fuente que manda siempre es la Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es) o tu asesoría fiscal, nunca un resumen genérico como este.
Qué regula cada norma y cuándo entra en vigor
Esta es la diferencia de fondo entre las dos, con las fechas conocidas a día de hoy:
| Norma | Qué regula | A quién afecta, en general | Cuándo entra en vigor |
|---|---|---|---|
| Ley Crea y Crece (Ley 18/2022), reglamento RD 238/2026 | Que las facturas entre empresas y autónomos (B2B) se emitan en formato electrónico estructurado, no en PDF suelto ni en papel. | Autónomos y empresas que facturan a otros autónomos y empresas. | Reglamento publicado (BOE 31-mar-2026); los plazos de 12/24 meses aún no corren — falta la orden ministerial que los active. |
| VERI*FACTU (RD 1007/2023, aplazado por RD-ley 15/2025) | Los requisitos técnicos del software de facturación: que los registros de facturación sean íntegros, no manipulables y, si se opta por ese modo, se envíen a la Agencia Tributaria en tiempo real. | Quienes usan software de facturación para emitir facturas (con matices según el tipo de software y de contribuyente). | Obligatorio para empresas antes del 1-ene-2027; para autónomos antes del 1-jul-2027 (RD-ley 15/2025, convalidado 11-dic-2025). |
En la práctica ambas normas empujan en la misma dirección: menos factura suelta en Word, Excel o PDF hecho a mano, y más sistema de facturación que cumpla unos requisitos técnicos concretos. Pero son obligaciones separadas, con normativa y calendario propios, y conviene no mezclarlas al buscar información.
Qué implica en la práctica para una pyme
Dejando de lado la letra pequeña, para la mayoría de pymes esto se traduce en dos cosas concretas:
- Necesitas un sistema de facturación compatible, no una plantilla editable. Si hoy generas las facturas a mano en un documento que puedes modificar después de emitirlo, ese flujo tiene fecha de caducidad.
- Los registros no pueden ser manipulables. El software que uses tiene que garantizar que, una vez emitida, una factura queda trazada y no se puede alterar ni borrar sin dejar rastro.
Si tu pyme ya usa un programa de facturación de un proveedor conocido, es razonable esperar que ese proveedor vaya adaptando su software a los requisitos vigentes; conviene preguntarle directamente en qué plazo lo hace. Si todavía facturas con plantillas propias o herramientas genéricas, ese es el cambio real que tienes por delante, y conviene planificarlo con tiempo en lugar de esperar al último momento.
Y si además de resolver el software de facturación vas a contratar a alguien para que automatice lo que rodea a esas facturas, conviene aplicar los mismos criterios objetivos que a cualquier proveedor que vaya a tocar los datos de tu negocio. Los repasamos en «Cómo elegir una agencia de automatización con IA (sin llevarte sorpresas)».
Lo que Kerallo no hace (y hay que decirlo claro)
Kerallo no es un proveedor de software de facturación electrónica ni de VERI*FACTU: no emitimos ni certificamos tus facturas. Nuestro servicio de automatización de facturación y administración trabaja alrededor del sistema de facturación que ya tienes o vayas a tener: recordatorios de cobro, conciliación de pagos recibidos y generación de documentos administrativos recurrentes. Si todavía no tienes un software de facturación compatible con estos requisitos, ese es tu primer paso, y no es algo que resolvamos nosotros.
Tampoco ofrecemos ninguna auditoría o consultoría gratuita previa, ni una llamada comercial, para decidir qué automatizar. Lo que sí es gratis de verdad es rellenar el formulario del servicio y ver el precio cerrado: no cuesta nada, y el pago llega después de ver ese precio, antes de que empiece el trabajo. Si te preguntas por qué no ofrecemos esa auditoría previa que sí anuncian otras agencias, lo aclaramos en «¿Existe una auditoría gratuita de automatización con IA para pymes?».
Cómo puede ayudar Kerallo alrededor de esto
Una vez tengas resuelta la parte legal del software de facturación (con tu proveedor actual, uno nuevo o tu asesoría), suele quedar otro problema: todo lo que rodea a esa factura y que hoy alguien hace a mano. Ahí es donde entra nuestro servicio:
- Recordatorios de cobro — avisos automáticos a clientes con facturas pendientes, sin tener que acordarte de escribir uno a uno.
- Conciliación de pagos recibidos — cruzar los cobros que entran con las facturas emitidas, para saber qué está pagado y qué no sin revisarlo a mano.
- Documentos administrativos recurrentes — generación de los papeles que se repiten cada mes o cada trimestre a partir de los datos que ya tienes.
Este servicio tiene precio cerrado, visible antes de pagar, igual que el resto del catálogo. Si quieres entender cómo funciona ese precio antes de decidir, lo explicamos en «¿Cuánto cuesta automatizar procesos con IA en una pyme?».
Preguntas rápidas
¿Kerallo me hace las facturas electrónicas legales?
No. Kerallo no emite ni certifica facturas y no es proveedor de software de facturación electrónica ni de VERI*FACTU. Necesitas un software de facturación que cumpla esos requisitos; nosotros automatizamos lo que rodea a esas facturas (recordatorios de cobro, conciliación, documentos recurrentes), no la parte legal de emitirlas.
¿Cuándo entra en vigor la obligación exacta para mi empresa?
Los plazos generales conocidos a fecha de este artículo: VERI*FACTU será obligatorio para empresas antes del 1 de enero de 2027 y para autónomos antes del 1 de julio de 2027 (Real Decreto-ley 15/2025, convalidado el 11 de diciembre de 2025). La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece ya tiene reglamento (Real Decreto 238/2026), pero sus plazos de 12 y 24 meses todavía no han empezado a contar porque falta la orden ministerial que los active. Depende además de si eres persona física o jurídica, de tu volumen de facturación y del software que uses. La fecha aplicable a tu caso concreto la confirma la Agencia Tributaria o tu asesoría fiscal, no este artículo.
¿Necesito cambiar de programa de facturación?
Puede que no, si el que ya usas se está adaptando a los requisitos vigentes: pregúntaselo directamente a tu proveedor. Si facturas con plantillas propias o herramientas genéricas, sí es probable que necesites un sistema de facturación dedicado.
Ya tengo software de facturación compatible, ¿en qué me ayuda Kerallo?
En automatizar lo que hoy haces a mano alrededor de esas facturas: avisar a clientes que no han pagado, comprobar qué cobros corresponden a qué facturas y generar los documentos administrativos que se repiten cada periodo.
Automatiza lo que rodea a tu facturación, no la parte legal
Recordatorios de cobro, conciliación de pagos y documentos administrativos recurrentes, con precio cerrado y visible antes de pagar.
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